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______________________________ Temas monetarios y financieros

Cien años de historia de las Cajas de Ahorros Españolas

Vicente Llopis Pastor ____________________

 

 

 

 

La historia es la narración de los hechos acaecidos en la humanidad desde los tiempos remotos hasta nuestros días. Al menos así lo recuerdo de la enseñanza primaria que recibí hace muchísimos años. Pero también es “testigo de los tiempos, luz de la verdad, vida de la memoria, maestra de la vida, mensajera de la antigüedad”, en acertada expresión del brillante  Marco Tulio Cicerón.

  

     Podríamos hacer una historia de las cajas de ahorros españolas y lo voy a intentar. Para no resultar excesivamente farragoso, me centraré en los últimos cien años y en la evolución que ha tenido la legislación española aplicable a las cajas de ahorros y algunas normativas complementarias que les han afectado. Así, partiendo del año 1912, nos encontramos con que por aquel entonces las cajas de ahorros eran el resultado del devenir de los antiguos Montes de Piedad. En dicha época sus principales objetivos eran captar el ahorro popular canalizándolo hacia la inversión y realizar una labor social en las limitadas zonas en las que operaban. Su legislación básica era la Ley del 29 de junio de 1880 que les daba un carácter benéfico y que ha impregnado su labor durante buena parte del siglo XX, aunque con la progresiva transformación del concepto de beneficencia hacia el de instituciones de previsión social, posteriormente al de entidades de crédito y ahorro y luego al de intermediarios financieros.

 

     La mayor evidencia de ello ha sido la sucesiva dependencia o control que han tenido. Inicialmente de la Dirección General de Beneficencia del Ministerio de Gobernación; después del Ministerio de Trabajo y a la postre del Ministerio de Hacienda y el Banco de España.

 

     A mi entender las normativas más importantes que han afectado a las cajas de ahorros españolas durante este tiempo han sido las siguientes.

 

Año Normativa
1933.- Estatuto del ahorro.
1940.- Ley de Ordenación Bancaria (“statu quo” bancario).
1962.- Ley de Bases del Crédito y la Banca.
1974.- Liberalización limitada de la expansión bancaria.
1975.- Liberalización limitada de la expansión de las cajas de ahorro.
1977.- Reforma de los Órganos de Gobierno de las Cajas de Ahorros.
1978.- Creación de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
  Autorización a las cajas de ahorros para operaciones de descuento de efectos.
  Autorización a las cajas de ahorros para operaciones en divisas y moneda extranjera.
  Autorización a la banca extranjera para operar en España.
1979.- Libre expansión de las cajas de ahorros por Comunidades Autónomas.
1985.- Ley de Órganos Rectores de las Cajas de Ahorros. 
1988.- Libertad total de expansión de las cajas de ahorros. 
  Libertad de intereses y comisiones en operaciones bancarias.
  Reforma de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
1991.- Creación de la Corporación Bancaria Española (Argentaria).
1992.- Reducción paulatina de los coeficientes obligatorios de inversión de las cajas de ahorros.
1994.- Reforma de los Estatutos del Banco de España (Acuerdos de Maastricht).
1998.- Sistema Europeo de Bancos Centrales.
  El euro como moneda única y estable de la Unión Monetaria Europea.
2002.-  El euro como moneda física en circulación. 
  Proyecto de Ley de medidas de reforma del Sistema Financiero Español.
2009.- Constitución del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB)
2010.- Sistema Integrado de Protección (SIP)

 

   

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

         

 

 

 

 

 

      

 

 

 

 

 

De entre todas éstas espigo las siguientes:

   

1985.-

           

Ley de Órganos Rectores de las Cajas de Ahorros.- El Gobierno de entonces entendió que las cajas de ahorros no tenían un propietario definido y las puso en manos de la nueva Administración Autonómica derivada de la Constitución de 1978 e, indirectamente, pasaron a manos de los partidos políticos gober-nantes.

1988.-

 

Libertad total de expansión de las cajas de ahorros.- Con la que comienza el sarampión de apertura de oficinas de cajas de ahorros fuera de su genuina zona geográfica y se establecen por todo el territorio nacional.

1992.-

Reducción paulatina de los coeficientes obligatorios de inversión de las cajas de ahorros.- Ya no existen límites para que las cajas de ahorros materialicen sus inversiones en los sectores, entidades u organismos que quisieran y si-guiendo su libre albedrío.

2002.-   

El euro como moneda física en circulación.- Con posibilidad de acudir a una liquidez que generosamente ofrecía el Banco Central Europeo que, además, supuso una importante reducción de los tipos de interés del mercado en dichos momentos. Esto favorece el que las cajas de ahorros acudan a los mercados mayoristas e internacionales.

 

 

 

 

 

 

       

    

 

 

 

 

 

 

 

 

 

     Mezclemos estos atractivos néctares en una coctelera, agitémosla según el lema olímpico “citius, altius, fortius” (más rápido, más alto, más fuerte), que siguieron los gestores de las cajas de ahorros, tal vez por el impacto mediático de la Olimpiada de Barcelona del año 1992. Con la anuencia del Banco de España, las cajas comienzan a competir en un olimpismo de operaciones en mercados mayoristas e internacionales y siguiendo una desaforada expansión. Tal vez dichos gestores se olvidaron de un concepto, el de “sobrius” (más sobrio), que también se ha de incluir dentro de los principios de la Filosofía Moral que fundamenta la Ciencia Económica.

 

     Quizás las cajas de ahorros se pusieran a competir nadando en piscinas olímpicas de cincuenta metros, sin saber la temperatura del agua y para la que no estaban entrenadas ni poseían experiencia. Los resultados de sus medalleros ahí están.

 

     No me queda más substancia en mi molleja para seguir escribiendo. Tan sólo la frase latina “Hic situs est” que es un conocido epitafio funerario.

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