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6º CONCURSO FOTOGRÁFICO DE NUESTRA ASOCIACIÓN

 

Bases:

 

1ª.- Organiza: JUBICAM, Asociación de Empleados Jubilados y Pensionistas de la CAM.

2ª.- Participantes: Asociados y sus familiares.

3ª.- Tema: Libre.

4ª.- Técnica: Blanco y negro o color.

5ª.- Tamaño: Mínimo, 15 x 18 cms.

6ª.- Número de obras: Máximo, cinco por participante. Que no hayan sido premiadas en otros concursos.

7ª.- Identificación: Al dorso de las obras figurará el título, nombre completo y dirección del autor.

8ª.- Envíos: Preferiblemente por valija a través de cualquier Oficina CAM, indicando en el sobre:

        Asociación de Jubilados de la CAM, o por correo a la siguiente dirección:

 

 

Asociación de Empleados Jubilados

Y Pensionistas de la CAM

c/ San Fernando, 40

03001 – Alicante

 

Para el concurso fotográfico

 

 

9ª.- Admisión: Hasta el 31 de Enero de 2007.

10ª.- Jurado: Estará formado por las siguientes personas:

Presidente: José Antonio Mendoza

Vocales:      Carlos Mateo

                   Mª Carmen Molina

                   Francisco Real

Secretario:  José Barberá

11ª.- Fallo: Durante el mes de Fe-brero de 2007. Se hará público a través de este Boletín.

12ª.-  Exposición:  Con  todas  las

 

 

 

Pascual Bosque, en presencia de Vicente Ramos, haciendo entrega de su trofeo a Isabel Vera, una de las ganadoras de nuestro anterior concurso fotográfico.

 

obras recibidas se montará una exposición en los locales de la Asociación.

13ª.- Premios:                                    1º premio = 200 euros y trofeo

2º premio = 150 euros y trofeo

3º premio = 100 euros y trofeo

14ª.- Devolución de las obras: En el plazo de un mes, una vez hecho público el fallo.

 

Otras:

a)      Los participantes no podrán optar a más de un premio.

b)      Los autores de las obras premiadas se comprometen a prestar a la Asociación los negativos de las mismas para que ésta pueda hacer una ampliación que quedará en sus locales.

c)      El hecho de presentarse al concurso implica la aceptación de estas bases.

d)      El Jurado queda facultado para resolver los casos no previstos en estas bases.

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