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       Renovación cargos Junta Directiva: Comunicado Comisión electoral

RENOVACIÓN DE CARGOS DE LA JUNTA DIRECTIVA

Estimados compañeros:

Por imperativo estatutario corresponde renovar alguno de los cargos de la Junta Directiva de nuestra Asociación, de lo que nos place informaros exhortándoos a presentar vuestras candidaturas para cubrir los puestos para los que os sintáis atraídos. El artículo XIII de nuestros Estatutos, DERECHOS DE LOS ASOCIADOS, en su apartado c) que se transcribe al dorso, establece este derecho. A tal efecto, debemos informaros que el número de avales requeridos según se determina en el artículo XXII de dichos Estatutos, que también se transcribe, es de 60 (5% sobre el censo consolidado en la última Asamblea General celebrada el día 1º de abril último, censo que arrojaba la cifra de 1.194 asociados).

Los cargos que quedarán vacantes a los cuales se puede optar son los siguientes:

Por haber cubierto el tiempo total de mandato reglamentario, 9 años, según el también transcrito artículo XXIII de los Estatutos:

PRESIDENTE  José Francisco Barberá Blesa Cubiertos 9 años

Por finalización de un mandato, aunque no agotados los 9 años, por lo que la Junta Directiva propone su reelección sin perjuicio de las candidaturas que en virtud de este requerimiento se presenten: 

VICEPRESIDENTE 2º   Baldomero Santana Mojica Cubiertos 8 años
SECRETARIO Emilio Galiana Botella  Cubiertos 2 años
VICESECRETARIO José Almela Alcaraz   Cubiertos 3 años 
TESORERO Miguel Morote Amondaraín Cubiertos 6 años
VOCAL DE VIAJESY EXCURSIONES Manuel Iñíguez Gil Cubiertos 4 años
VOCAL DE L’ALACANTÍ Luís Llopis Doménech Cubiertos 6 años
VOCAL DE MARINA ALTA  Miguel Peris Costa   Cubiertos 2 años 
VOCAL DE GUADALENTÍN  Rafael Sánchez Ramírez Cubiertos 4 años
VOCAL DE CAMPO DECARTAGENA Emilia  Bas Marín Cubiertos 3 años
VOCAL DE MAR MENOR Joaquín Botí Copado Cubiertos 6 años
VOCAL ALTO Y MEDIOVINALOPÓ Victoriano Mira Ródenas Cubiertos 4 años
VOCAL DE DEPORTES Rafael Carratalá Campillo  Cubiertos 4 años
VOCAL ASESOR GESTION DE DATOS Juan A. Sánchez Gutiérrez Cubiertos 3 años
VOCAL NOROESTE RIO MULA Francisco Gómez Alcaraz  Cubierto 1 año

Las condiciones requeridas a cualquier candidato las determina el artículo XXII transcrito en nuestros Estatutos.

La fecha límite para la presentación de candidaturas se fija en el día 30 de Noviembre próximo. Una vez estudiadas por la Junta Directiva serán admitidas las que reúnan las condiciones establecidas en los Estatutos. En caso contrario serán rechazadas, siguiéndose entonces el procedimiento previsto en el repetido artículo XXII.

Adoptada por la Junta Directiva la decisión de aceptar las candidaturas que hayan sido declaradas válidas, se confeccionarán las listas definitivas que se someterán a la Asamblea General y se incluirán, para el conocimiento de los asociados, en la convocatoria para dicha Asamblea General.

Según se establece en el apartado a) del artículo XIX, que también se transcribe, la elección se llevará a cabo en sesión extraordinaria de la Asamblea General.

En el mismo artículo XXII tantas veces invocado se fijan las normas concretas para la elección.

LA COMISIÓN ELECTORAL

TRANSCRIPCIÓN DE PARTE DE LOS ESTATUTOS

ARTÍCULO XIII.- DERECHOS DE LOS ASOCIADOS
...
c) Ser elector y elegible para los cargos de los órganos de gobierno, así como proponer candidatos para miembros de dichos órganos. Para poder ser miembro de los órganos de representación es requisito imprescindible ser mayor de edad, estar en pleno uso de los derechos civiles y no estar incurso en los motivos de incompatibilidad establecidos en la legislación vigente.

ARTÍCULO XIX.- REUNIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL
...
La Asamblea General se reunirá en sesión extraordinaria...
a) Cuando deba procederse a la elección de miembros de la Junta Directiva.

ARTÍCULO XXII.- COMPOSICIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA.- COMPETENCIAS
...
La elección de los miembros de la Junta Directiva en los casos en que para un mismo cargo concurra mas de un candidato, se hará por sufragio libre y secreto de los asociados presentes en la Asamblea General, así como por aquellos que no puedan asistir a la sesión de dicha Asamblea, los cuales podrán ejercer su derecho de voto por escrito, enviándolo bajo sobre cerrado e incluido en otro sobre también cerrado y dirigido a la Asociación con la indicación: “para el proceso electoral”, con expresión del nombre del remitente y su número de asociado, acompañando fotocopia del documento nacional de identidad. Este envío se efectuará, como mínimo, con ocho días de antelación a la fecha de la Asamblea General en la que haya de surtir efecto,  y  podrá hacerse por correo o por medio de la valija de cualquier oficina de la Caja. Conforme a lo dispuesto en el Artículo XX, con objeto de facilitar el voto de los asociados, se incluirá en la convocatoria la relación de candidatos para los cargos a cubrir. Cuando para algún cargo se presente un solo candidato, la votación se podrá realizar a mano alzada. Queda facultada la Junta Directiva para arbitrar los detalles de procedimiento.

Las candidaturas serán abiertas, es decir, cualquier asociado podrá presentarse, lo que deberá hacer por escrito respaldado con la firma de un número de asociados que represente, al menos, el 5% del censo en la fecha de la última Asamblea General Ordinaria celebrada; en dicho escrito hará constar sus datos personales y el cargo para el que presenta su candidatura. Dicha presentación se hará con tiempo suficiente para su verificación por la Junta Directiva. A tal efecto se comunicará a los asociados la inminente renovación de cargos con expresión de éstos, las condiciones requeridas de acuerdo con estos Estatutos para poder optar a alguno de ellos, así como la fecha límite para presentación de candidaturas. Serán requisitos imprescindibles, conforme a lo dispuesto en el artículo XIII c) de estos Estatutos, ser mayor de edad, estar en pleno uso de los derechos civiles y no estar incurso en motivos de incompatibilidad establecidos en la legislación vigente. La Junta Directiva podrá rehusar cualquier candidatura que considere que no se ajusta a los requisitos requeridos por estos Estatutos, decisión que habrá de adoptarse por votación manifiesta (no secreta) y apoyada por la mitad más uno de los asistentes a la sesión en que se trate la cuestión. En su caso, tal decisión se comunicará al interesado de forma fehaciente en el plazo máximo de ocho días desde la adopción del acuerdo. El candidato, en el mismo plazo de tiempo a contar desde la fecha de recepción de dicha comunicación, podrá alegar  las razones que estime pertinentes. La decisión  competerá a la Junta Directiva.

Resultarán elegidos para los cargos sometidos a renovación o de nueva creación los candidatos que hayan obtenido mayor número de votos respecto de cada cargo, debiendo recaer en distintas personas los de Presidente, de Secretario y de Tesorero.

La renovación y creación de cargos se efectuará según el siguiente procedimiento: La Junta Directiva propondrá a la Asamblea General, para cubrir las vacantes, los candidatos que se presenten libremente según lo dispuesto anteriormente y hayan sido admitidos. Además incluirá los que la Junta Directiva quiera proponer, los cuales estarán exentos de los avales requeridos a los primeros. En los casos en que corresponda la renovación del Presidente, quienes opten a ocupar dicho cargo podrán incluir en su candidatura a quienes aspiren a cubrir alguna o la totalidad del resto de las vacantes quienes, en su caso, resultarán automáticamente elegidos junto con el aspirante a Presidente de cuya candidatura formen parte. La elección del resto de candidatos, es decir de aquellos que se presenten individualmente, se efectuará según se determina en el segundo párrafo de este mismo artículo, siendo designado para cada cargo el candidato que obtenga mayor número de votos.

ARTÍCULO XXXIII.- DUREACIÓN DEL MANDATO EN LA JUNTA DIRECTIVA

Los cargos de la Junta Directiva serán gratuitos... Será posible la elección para el mismo cargo como máximo por tres veces consecutivas. Dichos cargos se renovarán por mitad, fijándose a estos efectos el plazo de cada mandato en tres años.


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